Estando próxima la aprobación definitiva de la nueva Ley de Contratos del Sector Público, que a esta fecha ya ha sido objeto de tramitación en el Senado, se hace necesario conocer cuáles van a ser las oportunidades de la PYME y la contratación administrativa en la nueva regulación jurídica que está a punto de ser aprobada.
En este breve post analizaremos cuáles son las oportunidades de la PYME y la contratación administrativa habida cuenta de que una de las misiones de las Directivas que son objeto de transposición en la nueva Ley de Contratos del Sector Público era, precisamente, lograr la incorporación del tejido medio empresarial, en España, prácticamente su totalidad, a las oportunidades que le brinda la contratación pública beneficiando de este modo al conjunto de la economía nacional (mayor competencia/menores costes públicos/mayor empleo).
A finales de septiembre de 2017, el Senado enmendó levemente (únicamente dos enmiendas) el texto que fue remitido por el Congreso de los Diputados, circunstancia esta última de la que ya nos hicimos eco en nuestro post «La nueva Ley de contratos sale del Congreso« y en el que ya dimos cuenta de modo breve cuáles eran los aspectos más importantes de la modificación normativa y que hace previsible que la nueva norma sea objeto de aprobación en breve. Pues bien, centrándonos propiamente en las oportunidades de la PYME y la contratación administrativa señalaremos las siguientes:
- El nuevo texto efectúa una decidida apuesta por la tramitación electrónica del conjunto de los procedimientos de contratación, igualando de este modo las posibilidades de competitividad de una PYME al respecto de cualquier «gran» empresa.
- Se suprime de modo definitivo el procedimiento negociado por razón de la cuantía, esto es, aquel en el que la entidad adjudicataria únicamente «negociaba» con tres empresas el contrato a adjudicar, hasta el punto de que procedimientos con importes cuantiosos pasaban prácticamente desapercibidos para cualquier PYME. A este respecto recomendamos la lectura del post «eliminación del negociado sin publicidad» de nuestro compañero Sergio Clavero.
- Implantación de un nuevo procedimiento abierto simplificado mucho más ágil con una menor carga burocrática y en el que cobra especial trascendencia la declaración responsable para acudir a la licitación.
- Cobra especial importancia la agilidad en los procedimientos de contratación y la eliminación de ponderación de criterios de valor que se sitúan en muchos procedimientos en porcentaje menor al 20%, lo que en la práctica supondrá la ampliación de las posibildiades de adjudicación en base a criterios objetivos, eludiendo los tratos de favor.
Las nuevas oportunidades para la contratación administrativa deben servir, en los términos que pretende la norma, para ampliar las posibilidades de contratación de la pequeña y mediana empresa, permitiendo la mejora económica de los sectores productivos y una minoración de los costes públicos de la ejecución de obras y servicios en las diferentes administraciones públicas.