
El modelo 347, de operaciones con terceros, se adelanta a enero
El modelo 347 de operaciones con terceros se adelanta al mes de enero con la finalidad de permitir la presentación del Impuesto sobre la renta de las personas físicas en marzo, a partir del año 2019.
Aunque ya se venía hablando de la cuestión, finalmente el adelanto de la presentación del 347 al mes de enero de cada ejercicio se retrasa hasta el ejercicio de 2019, para las operaciones con terceros relativas al ejercicio 2018.
Finalmente la Orden HFP/1106/2017, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y los plazos de presentación de los modelos 171, 1 84, 345 y 347, publicada en el BOE el día 18 de noviembre de 2017, ha fijado el adelanto reseñado para los modelos 171 (declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento), 184 (declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas), 345 (declaración anual que deben presentar las entidades gestoras de fondos de pensiones, los promotores de planes de pensiones, las entidades acogidas a sistemas alternativos de cobertura de prestaciones análogas a las de los planes de pensiones y las mutualidades de previsión social) y 347 (declaración anual de operaciones con terceras personas) a la fechas comprendida entre el 1 y 31 de enero de cada ejercicio, si bien y para el caso del modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceras personas) la primera de las declaraciones a efectuar con ese plazo será la de enero de 2019.
De este modo, y con la modificación conjunta de los plazos para la presentación de los modelos informativos, Hacienda plantea que a partir del ejercicio de 2019 podremos presentar la declaración por IRPF a partir del mes de marzo ya que la Agencia Tributaria contará ya con los datos informativos de fondos de pensiones, retenciones, operaciones con terceros … etc, desde finales del mes de enero pudiendo de este modo informar a cada contribuyente de los datos en su posesión con relevancia fiscal.
La modificación del plazo para la presentación de estos modelos, sobre todo la del de operaciones con terceros, por la trascendencia informativa que tiene para las empresas hará necesario un mayor y riguroso control en la gestión de cada empresa por no hablar del traslado de las tradicionales llamadas asegurando el dato coincidente entre dos empresas suministradoras de información de los días de marzo a los primeros días de enero, mientras se simultanea con las declaraciones relativas al cuarto trimestre del año. …