Se acerca el final del ejercicio de 2016 y los actos que lleves a cabo en los escasos días que quedan hasta fin del ejercicio pueden ayudarte a rebajar tu factura fiscal a la hora de realizar tu renta en mayo de 2017, en definitiva, te pueden implicar pagar menos impuesto sobre la renta.
Aunque las posibilidades cada vez son menores, especialmente desde que la deducción por la compra de vivienda fuera anulada para las adquisiciones posteriores al 2013, todavía puedes planificar la próxima declaración para pagar menos impuesto sobre la renta y reducir, en la medida de tus posibilidades la factura que te pasará Hacienda la próxima primavera.
Sin perjuicio de la necesidad de analizar cada una de las circunstancias personales y familiares de cada contribuyente para aconsejarte cuál o cuáles son las acciones precisas que debes realizar, te exponemos a continuación cuáles son las más habituales para conseguir pagar menos impuesto sobre la renta en 2017 y en relación al IRPF 2016:
1.- Deducción por vivienda habitual
La que fuera la estrella de las deducciones en el IRPF dejo de aplicarse a aquellos que adquirieron una casa para vivir en 2013 o 2014. No obstante quienes adquirieron una vivienda (que constituya su vivienda habitual) antes del 1 de enero de 2013 mantienen sin cambios ese beneficio, por ello, el contribuyente puede deducirse en su declaración de la renta el 15% de un máximo de 9.040 euros anuales, es decir, 1.356 euros.
Por tanto, si tus pagos anuales por hipoteca no han superado el importe máximo de 9040 € puedes decidir amortizar parte de la misma hasta alcanzar esa cantidad con objeto de deducirte el 15% de las aportaciones con la finalidad de pagar menos impuesto sobre la renta.
2. Aportaciones a planes de pensiones
Sin duda se ha convertido en la medida estrella para rebajar la factura fiscal y, a su vez, el método para incentivar las aportaciones a los sistemas privados de previsión social. A final de año podemos hacer aportaciones o completar las efectuadas sin sobrepasar el límite absoluto de 8.000 euros por contribuyente ni el relativo del 30% de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas.
Existen dos límites que no hemos de confundir:
El límite financiero, (lo máximo que se puede aportar), establecido en 8.000 euros anuales independientemente de la edad a partir del 1 de enero de 2015.
El límite fiscal (lo máximo que podemos deducirnos), es a partir de 2015 la aportación máxima será la menor de las siguientes cantidades:
8.000 euros.
O el 30% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas independientemente de la edad.
Por lo tanto, una persona cuyo rendimiento neto de trabajo es de 30.000 euros, lo máximo que podría desgravarse son 8.000 euros, por lo que, es la cantidad que debería aportar.
No obstante si has agotado el límite de aportación a sistemas de previsión social, pero estás casado y su cónyuge no obtiene rentas del trabajo y de actividades económicas que no llegan a 8.000 euros, también puede aportar hasta otros 2.500 euros al plan de su cónyuge y esa aportación servirá para reducir su propia base imponible.
3. Donaciones a entidades sin ánimo de lucro.
El tratamiento fiscal de los donativos ha mejorado respecto al 2015, por lo que si necesita adelgazar la cuota a pagar su IRPF siendo solidario, todavía tiene unos días para efectuarlos.Así, los primeros 150 euros de los donativos efectuados a las entidades beneficiarias del mecenazgo, darán derecho a una deducción del 75%, el importe que supere esa cuantía tendrá derecho a una desgravación adicional del 30%, y, con el objetivo de premiar la habitualidad, quien haya donado durante los dos años anteriores a la misma entidad un importe igual o superior, al del año anterior, por encima de este 150 euros anuales, se beneficia de una deducción del 35%. Como puede observar, es interesante hacer aportaciones crecientes a las mismas entidades, al incrementarse el porcentaje de deducción.
4.- Ahorro a largo plazo.
Si tienes pensado contratar algún depósito, para rebajar la factura fiscal puede interesar contratar antes de fin de año un Plan de Ahorro a Largo Plazo (bien sea un Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo –SIALP- o una Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo –CIALP-). Debes saber que para obtener un ahorro fiscal hay que mantener las cantidades que se impongan en el mismo en 2016 durante, al menos, 5 años. Solo en ese caso no tributarás por la rentabilidad que produzca dichos instrumentos de ahorro siempre que lo impuesto al año no exceda de 5.000 euros, que no retires cantidad alguna antes de finales de 2021 y que el rescate sea en forma de capital.