El Gobierno de Aragón abre el plazo para la solicitud de ayudas para el alquiler de vivienda habitual 2021
A partir del 19 de julio de 2021 y hasta el día 6 de agosto de 2021 puede tramitarse las ayudas para el alquiler de vivienda habitual en Aragón.
La convocatoria de subvenciones para las ayudas al alquiler fue objeto de publicación en el BOA de 7 de julio de 2021 (Orden de 30 de junio, por la que se convocan ayudas para minimizar el impacto económico y social de la COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual).
Requisitos de los beneficiarios
Para optar a la ayuda, los inquilinos de viviendas habituales deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El arrendatario debe estar en condición de vulnerabilidad económica sobrevenida como consecuencia de COVID-19 durante el periodo a subvencionar o en el periodo de 3 meses inmediatamente anteriores al mismo, o,
- Han sido víctimas de violencia de género durante el estado de alarma, teniendo en ese caso prioridad para la concesión.
Al respecto del requisito de la situación de vulnerabilidad económica para el acceso a la ayuda para el alquiler
- Que la persona que esté obligada a pagar la renta de alquiler pase a estar en situación de desempleo. Expediente Temporal de Regulación de empleo (ERTE) o haya reducido su jornada por motivo de cuidados, en caso de ser empresario, u otras circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos
- Que la renta arrendaticia, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35 por cien de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. A estos efectos, se entenderá por “gastos y suministros básicos” el importe del coste de los suministros de electricidad, gas, gasoil para calefacción, agua corriente, de los servicios de telecomunicación fja y móvil, y las posibles contribuciones a la comunidad de propietarios, todos ellos de la vivienda habitual que corresponda satisfacer al arrendatario.
- Se considera que no existe situación de vulnerabilidad si el arrendatario es propietario o usufructuario de otra vivienda en España, a salvo que la misma fuera objeto de titularidad como consecuencia de herencia y se tenga una parte alicuota de la propiedad.
Cuantía de la ayuda para el alquiler de la vivienda habitual
La cuantía individualizada de la ayuda a otorgar es el 100% de la renta de alquiler, entre los meses de enero a junio de 2021; o un máximo de 5.400 euros para la devolución del préstamo concedido por el ICO para el pago del alquiler, con el máximo correspondiente a la renta de los correspondientes seis meses.
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