La proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, que se encuentra en fase de tramitación en el Senado, incluye un conjunto de reforma del trabajo autónomo que pretenden mejorar las condiciones de los trabajadores autónomos.
Sin perjuicio de que debamos conocer las condiciones finales de la reforma regulatoria que afecta a un conjunto de normas (Ley General de la Seguridad Social, Ley del Estatuto del Trabajador Autónomo, Ley del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas) y que se encuentra en periodo de enmiendas en la Cámara Alta, te relacionamos las 5 medidas más importantes de la futura regulación para la reforma del trabajo autónomo:
- Los autónomos tras la reforma del trabajo autónomo plateada podrán cambiar hasta cuatro veces en el mismo año su base de cotización, en función de sus intereses e ingresos.
- Se contempla el accidente in itinere o accidente ocurrido al acudir al trabajo o volver de él del siguiente modo:
Se entenderá como accidente de trabajo del trabajador autónomo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación de este régimen especial. Se entenderá, a idénticos efectos, por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta propia, que esté provocada por la acción de los elementos y sustancias y en las actividades que se especifican en la lista de enfermedades profesionales con las relaciones de las principales actividades capaces de producirlas, anexa al Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro. También se entenderá como accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional. A estos efectos se entenderá como lugar de la prestación el establecimiento en donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales.»
- Se han reducido los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social a la mitad, pasando del 20% al 10% en el primer mes.
- Los autónomos podrán deducirse un 30% de los gastos de suministros, como el agua, la luz, la electricidad y la telefonía, siempre que se trabaje desde casa.
En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet, en el porcentaje resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.
- Deducciones por la manutención, cuando afecta directamente a la actividad, con un límite de 26 euros diarios, siempre que puedan comprobarse a través de medios telemáticos
Los gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores.
Si quieres mantenerte al tanto de estas modificaciones planteadas en la proposición de Ley , eres autónomo o estás planteando serlo, estate atento a nuestro blog y nuestras RRSS donde te daremos cuenta de la aprobación definitiva de las modificaciones normativas derivadas de la reforma del trabajo autónomo que se plantean aplicables a partir del año 2018 o ponte en contacto con nosotros