Tras la avalancha de dudas surgidas tras la publicación del Real Decreto-Ley 8/2020, la Seguridad Social aclara la no cotización del autónomo durante prestación de cese por coronavirus.
La norma publicada el día 18 de marzo de 2020, de la que dimos cuenta en la entrada «cese actividad autónomos por coronavirus», no aclaraba si durante la prestación por cese de actividad por coronavirus que se regula en el artículo 17 del Real Decreto Ley, el autónomo debía seguir o no cotizando en el régimen especial de trabajadores autónomos ya que se limitaba a determinar en cuanto sus efectos en el punto número 3 que el tiempo de percepción de la prestación se entendía como cotizado y que no suponía consumo de los periodos futuros de prestación en los siguientes términos:
3. La prestación extraordinaria por cese de actividad regulada en este artículo tendrá una duración de un mes, ampliándose, en su caso, hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma, en el supuesto de que este se prorrogue y tenga una duración superior al mes. El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los períodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro
Pues bien, la guía práctica publicada por la Seguridad Social a finales del día aclara que durante el periodo de prestación de cese por coronavirus el autónomo no debe proceder al pago de la cuota del RETA en los términos siguientes:
¿Esta prestación supone que quien no ingrese no paga cotizaciones?
Esta prestación va más allá. La prestación consiste en que quien cause derecho a la ella no solo la cobrará, sino que además no pagará las cotizaciones y se le tendrá por cotizado.
Se aclara de este modo la no cotización del autónomo durante prestación de cese por coronavirus por lo que el autónomo en esa situación podrá ser beneficiario de una prestación del 70% de su base reguladora, correspondiendo al Estado su cotización. Diferente es el caso del resto del colectivo de autónomos que no puedan solicitar la prestación que deberán seguir abonando las cotizaciones al RETA pese a la evidente bajada de ingresos derivados de la presente situación.
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