La Ley de Presupuestos del Estado recientemente publicada introduce una serie de novedades tributarias para el ejercicio de 2021 objeto de análisis en el presente post.
Según se señala en la propia Exposición de Motivos de La Ley de Presupuestos, publicada el pasado 31 de diciembre de 2020, la Ley de Presupuestos adopta diversas medidas tributarias encaminadas a hacer compatible un crecimiento económico equilibrado y un aumento de los ingresos tributarios que permita el fortalecimiento del Estado del bienestar y reduzca desigualdades.
A continuación señalamos las principales novedades impositivas para 2021, diferenciadas por cada uno de los siguientes tributos:
IRPF
IMPUESTO DE SOCIEDADES
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Novedades tributarias para 2021 relativas al IRPF
Es sin duda el IRPF el tributo cuya incidencia ha sido más más modificada para 2021. No debes olvidar que estas modificaciones tributarias tendrán efectos en las rentas de trabajo correspondientes al ejercicio de 2021, esto es, en la declaración de la renta que los trabajadores deberán hacer durante los primeros meses de 2022.
La Ley de Presupuestos, se procede a introducir en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) la imposición de un mayor gravamen a las rentas más altas, tanto en la base imponible general como en la base del ahorro que grava las rentas del capital. Dicha medida se ve acompañada por la reducción del límite general aplicable en la base imponible de las aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que el nuevo límite pueda incrementarse para las contribuciones empresariales.
Por otra parte, la situación que padece la economía española, en el marco de la actual crisis sanitaria hace aconsejable el establecimiento de un marco normativo estable que permita a los pequeños autónomos poder continuar aplicando el método de estimación objetiva para el cálculo del rendimiento neto de su actividad económica evitando, además, un incremento de sus obligaciones formales y de facturación. A tal efecto, se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites cuantitativos que delimitan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos.
En igual sentido se prorrogan para el período impositivo 2021 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, en el Impuesto sobre el Valor Añadido.
El impuesto sobre sociedades y sus novedades regulatorias para 2021
En el Impuesto sobre Sociedades se modifica el precepto que regula la exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes en territorio español para prever que los gastos de gestión referidos a tales participaciones no sean deducibles del beneficio imponible del contribuyente, fijándose que su cuantía sea del 5 por ciento del dividendo o renta positiva obtenida, de forma que el importe que resultará exento será del 95 por ciento de dicho dividendo o renta.
Con la misma finalidad y la adaptación técnica necesaria, se modifica el artículo que regula la eliminación de la doble imposición económica internacional en los dividendos procedentes de entidades no residentes en territorio español.
Con la finalidad de permitir el crecimiento de las empresas que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 40 millones de euros y que no formen parte de un grupo mercantil, tales contribuyentes no aplicarán la reducción en la exención de los dividendos antes señalada, durante un período limitado a tres años, cuando procedan de una filial, residente o no en territorio español, constituida con posterioridad al 1 de enero de 2021.
Por otra parte, se suprime la exención y eliminación de la doble imposición internacional en los dividendos o participaciones en beneficios y en las rentas derivadas de la transmisión de las participaciones en el capital o en los fondos propios de una entidad cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros, con la finalidad de ceñir la aplicación de esas medidas a las situaciones en las que existe un porcentaje de participación significativo del 5 por ciento, regulándose un régimen transitorio por un periodo de cinco años.
Para terminar, se modifica la regulación de la limitación en la deducibilidad de los gastos financieros suprimiendo la adición al beneficio operativo de los ingresos financieros de participaciones en instrumentos de patrimonio que se correspondan con dividendos cuando el valor de adquisición de dichas participaciones sea superior a 20 millones de euros.
Modificaciones en el Impuesto sobre el patrimonio para 2021
En el Impuesto sobre el Patrimonio la Ley de Presupuestos introduce dos concretas medidas
- la elevación del tipo de gravamen aplicable al último tramo de la tarifa y
- el mantenimiento con carácter indefinido de su gravamen
Modificaciones tributarias de la Ley de Presupuestos en el IVA
En el IVA, fundamentalmente, se modifica el tipo impositivo aplicable a las bebidas que contienen edulcorantes añadidos, tanto naturales como aditivos edulcorantes, que pasan a tributar al tipo impositivo general del 21 por ciento, medida que constituye un compromiso social para racionalizar y promover su consumo responsable, en particular entre la población infantil y juvenil.
En próximos posts, nos haremos eco de los extremos más significativos de las novedades tributarias para 2021 a las que se ha hecho mención en la presente entrada. No olvides ponerte en contacto con nosotros si requieres alguna aclaración a este respecto por los medios acostumbrados, el whatsapp de esta misma página o los datos reflejados en nuestro contacto de la web RCGESTIONJURIDICA