Campaña de Renta 2019

asesoría fiscal en Aragón

Desde RC Gestión Jurídica hemos preparado, no solo un especial que puedes ver en esta página web, sino también la posibilidad de cumplir las obligaciones con la AEAT de una manera completamente on line.

La AEAT mantiene el calendario de la declaración de la renta pese al coronavirus.

El pasado 19 de marzo de 2020, el BOE publicaba la Orden por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2019, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.declaración de la renta pese al coronavirus

Conforme a la citada orden se mantiene el plazo para la declaración de la renta pese al coronavirus entre los días 1 de abril de 2020 y el 30 de junio de 2020 ambos inclusive.

Por lo tanto, los contribuyentes deberán rendir cuentas con el fisco a pesar de que el estado de alarma en España, declarado el pasado 14 de marzo por un periodo de 15 días, podría prorrogarse y pese a que buena parte de los trámites administrativos y tributarios se han visto afectados  e incluso aunque los contribuyentes no puedan acudir presencialmente a las oficinas tributarias.

Calendario de la renta 2019 (campaña de 2020)

1 de abril: comienzo de la campaña

A partir del día 1 de abril de 2020 los contribuyentes podrán acceder a su borrador de la declaración de la renta y a sus datos fiscales.

Igual que el año pasado, se podrá obtener el borrador a través del programa Renta web identificándose con certificado electrónico, cl@ve PIN o número de referencia, donde se podrá modificar el borrador, confirmarlo y presentarlo.

Del mismo modo, a partir de ese día el contribuyente podrá presentar ya la declaración de la renta de 2019.

13 de mayo: Presentaciones presenciales

A pesar de la orden de confinamiento que existe desde el Real Decreto de Estado de Alarma, la AEAT mantiene que a partir del 13 de mayo y hasta el 30 de junio se podrán presentar las declaraciones de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.

25 de junio: Fin del plazo con resultado a ingresar en cuenta

El 25 de junio de 2020 termina el plazo para presentar la declaración con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta corriente del contribuyente.

30 de junio. Fin del plazo para presentar la declaración de la renta

Cualquiera que sea el resultado de la declaración del IRPF, a ingresar o a devolver, el plazo de presentación de la declaración será el comprendido entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2020, ambos inclusive.

Principales novedades de la declaración de la renta de 2019 (campaña de 2020)

Las principales novedades de los impresos de la declaración de la renta de 2019, conforme a la Orden aprobada, son:

  • La simplificación de  la consignación de los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea como propietario o usufructuario, que ahora figurarán en un apartado único, donde deberá indicarse el uso que ha tenido cada uno de ellos durante el ejercicio.
  • Para facilitar la declaración de las rentas de inmuebles que han estado alquilados durante el año 2019, el borrador desglosa los conceptos necesarios para calcular el rendimiento neto de capital, como gastos deducibles o amortización.
  • Se simplifica la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, que figurará en un apartado separado, y la declaración de rendimientos de actividades económicas de estimación directa.

 

 

 

     

    Nuestros consejos para la declaración de la renta de 2019 (campaña 2020)

    declaración de la renta pese al coronavirusEn RC Gestion Juridica SL, llevamos mucho tiempo asesorando a empresas, autónomos y particulares en sus relaciones con las Agencia Tributaria y con las diferentes administraciones con competencias tributarias y en relación a la declaración de la renta de 2019, la que debemos hacer entre los meses de abril, mayo y junio de 2020, te aconsejamos:

      1. No esperar a los últimos días para hacer la declaración de la Renta  de 2019 (campaña de 2020), pero tampoco precipitarse en llevarla a cabo inmediatamente tras la apertura de los plazos de presentación.
      2. Comprobar que los datos que proporciona el programa y que tiene registrados Hacienda sean los correctos. Logicamente esta recomendación tiene mucho que ver con la anterior. Tomate tu tiempo para revisar el borrador y los datos que tiene la AEAT, sobre tus rendimientos y sobre tus circunstancias personales.
      3. Es fundamental que revises las circunstancias personales registradas, si las mismas han sido objeto de variación … si has tenido un hijo, te has casado etc …
      4. Cuando la declaración sale a pagar, lo más conveniente es solicitar el pago fraccionado en dos partes y escoger la opción sin intereses (60% del pago ahora y 40% más adelante). En caso de pagarlo de forma fraccionada, tomar nota del segundo pago para disponer del importe cuando corresponda.
      5. No te olvides de tener en cuenta las subvenciones recibidas, porque si has recibido una subvención pública deberás declararla
      6. No te olvides (aunque eso es complicado de olvidar) que si te ha tocado la lotería deberás declararla!!!!!
      7. Y por último, pero no menos importante, si la pandemia continúa y tenemos que persistir en nuestro confinamiento y necesitas asesoramiento para realizar la declaración de la renta, utiliza los sistemas de gestión on line con asesores especializados, como nosotros. Contacta directamente con nuestro  WhastApp de este post  o por los medios acostumbrados y te ayudaremos a hacer la declaración de la renta pese al coronavirus.

     

     

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